ACCIDENTES DE TRÁFICO

Accidentes de Tráfico.
DESPACHO ESPECIALISTA EN TRAMITACIÓN DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ACCIDENTES DE TRÁFICO
Indemnizaciones por daños materiales.
Indemnizaciones por lesiones.
Reclamación a las aseguradoras.
¿CÓMO ACTUAR ANTE UN ACCIDENTE DE TRÁFICO?
PRIMEROS CONSEJOS
1º) Una vez señalizado debidamente el lugar del siniestro, y superado el sobresalto inicial, trate de alcanzar un acuerdo con el otro conductor implicado para cumplimentar el parte amistoso de accidente que facilitan las compañías de seguros.
En este documento se consignan los datos de las partes, del vehículo y de los respectivos seguros de accidente, así como los daños que ha sufrido cada vehículo; debe ser firmado por los conductores afectados por el accidente. Serán las compañías de seguros las que se encarguen de la reparación de los daños que, en su caso, hayan podido sufrir los vehículos.
Este primer paso sólo será factible si existe buena voluntad entre las partes, si por el contrario, se presenta un enfrentamiento directo o una falta de acuerdo respecto a las causas del accidente, avise a la Policía Local (en vías urbanas) o Guardia Civil (en vias interurbanas); proceda de la misma manera si los daños materiales son de especial relevancia o si hay que lamentar daños personales.
Los agentes que se desplacen al lugar del accidente elaborarán el correspondiente atestado. Este documento constituirá una prueba fundamental para determinar quién ha sido el responsable del accidente y reclamar la reparación de los daños sufridos a las compañías de seguros, bien de forma extrajudicial, bien iniciando las correspondientes acciones legales.
2º) Si el responsable o el otro conductor implicado en el accidente de circulación niega su colaboración, tome nota de todos aquellos datos que puedan servir para identificarle, de la matrícula, de los testigos que hayan presenciado el accidente, etc.
Si Ud. o cualquiera de los viajeros han sufrido lesiones, solicite que en los partes de asistencia médica figure que tales daños se han producido como consecuencia de un accidente de circulación.
Estos partes constituirán así una buena prueba de los daños que ha sufrido a la hora de reclamar su compensación a la compañía de seguros.
3º) Hay que «dar parte» a la compañía de seguros de que se ha producido el accidente de tráfico; para ello tendrá un plazo de 7 días.
4º) Si Ud. considera que no es culpable del accidente y que la responsabilidad es del conductor del otro vehículo, tendrá un plazo de 6 meses para interponer la correspondiente denuncia penal.
Si ésta es archivada porque se considera que los hechos denunciados no son constitutivos de delito o falta,. d. dispondrá del plazo de 1 año para interponer la reclamación en vía civil; este plazo se cuenta desde que concluye la vía penal.
Finalmente, es más que aconsejable que ponga su caso en manos de un abogado quien le asesorará sobre qué cantidad debe reclamar por los daños sufridos, la procedencia de iniciar o no acciones judiciales, así como todas aquellas cuestiones que puedan estar relacionadas con el supuesto concreto.
Hay que tener en cuenta que todas las compañías aseguradoras en las pólizas del seguro de coche tienen una cláusula de libre elección de letrado, la cual cubrirá los gasto de abogado hasta la cuantía que tiene suscrita en la misma.
Por este motivo, la defensa jurídica le saldrá GRATUITA en la mayoría de los casos.